Trámites de Constitución
Cualquiera que sea la forma de implantación elegida (empresa individual o sociedad) habrán de cumplirse los siguientes trámites principales:
Declaración de apertura a la autoridad local
Carta dirigida a la autoridad local manifestando la intención de establecer la empresa de que se trate en determinando lugar, acompañada de los documentos de identificación de la persona física o jurídica.
Declaración de existencia en la Oficina de Impuestos y alta en el impuesto de patente
Es la declaración ante los servicios de Hacienda del comienzo de una actividad económica a los efectos de alta en el impuesto de sociedades o del impuesto general sobre la renta, según los casos, y del impuesto de patente (similar al español “de actividades económicas”)
Inscripción en el Registro de Comercio
Dicha inscripción es obligatoria tanto si se trata de empresa individual como de sociedad.
El Registro de Comercio es un servicio anejo a la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia . La inscripción se verifica mediante impreso al que se acompañan los documentos acreditativos de la personalidad y actividad del solicitante y del certificado de "alta en patente".
Afiliación a la Seguridad Social.
Es obligatoria para todas las empresas. Se formaliza ante la Delegación local de la C.N.S.S . ( Caja Nacional de Seguridad Social ) mediante formulario al que se acompañan los documentos acreditativos de la personalidad y actividad del solicitante.
Notificación a la Inspección del Trabajo.
Mediante carta informando de la apertura de la empresa. Debe aportarse, para su sellado por dicha Inspección, el Libro de Salarios .
Salvo la inscripción en el Registro de Comercio, que conlleva el pago de una tasa de 150 DH, las demás formalidades a que nos hemos referido son gratuitas por parte de la Administración. En caso de encargar su realización a un profesional, habrá que tener en cuenta el importe de la remuneración correspondiente.
Certificado negativo de la denominación elegida
Se solicita al Registro Central de Comercio, por medio de la Delegación local del Ministerio de Comercio e Industria.
Tasas de solicitud 30DH
Tasas de expedición del certificado 100 DH.
Redacción de estatutos y formalidades de constitución.
Cualquiera que sea el tipo de sociedad elegido, los estatutos y demás documentos constitutivos pueden establecerse en documento privado, legalizando las firmas de los intervinientes en el Servicio de Legalizaciones existente en las Oficinas municipales y locales. Para la preparación de tales documentos y trámites subsiguientes puede recurrirse a la asistencia de un consejero jurídico o un gestor cualificado, cuyos honorarios son de libre determinación.
La intervención de un Notario no es necesaria en ningún caso, aunque puede solicitarse si las partes lo estiman conveniente. En este caso hay que añadir a los costes normales la tasa notarial (0,5% ad valorem) y los honorarios del Notario.
La tasa de legalización es de 2DH para cada firma legalizada. Aparte de ello, todos los documentos deben ser timbrados, adhiriendo a cada folio un timbre fiscal de 20DH. Así pues, un ejemplar de estatutos que abarque diez folios llevará 200DH de timbres fiscales, a multiplicar por el número de ejemplares que se desee establecer.
Derechos de registro
Los estatutos y demás documentos constitutivos, una vez legalizados y timbrados, se presentan en la Oficina de Registro y Timbre para el pago de los derechos de registro (similar al impuesto español de "actos jurídicos documentados") fijados en 0,5% del capital social con un mínimo de 1.000 DH.
Depósito Legal
Depósito en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de tres ejemplares de los documentos constitutivos. Tasa de 200 DH.
Inscripción en el Registro de Comercio
Para las sociedades, la inscripción en el Registro de Comercio tiene carácter constitutivo, pues es en ese momento cuando adquieren la personalidad jurídica . Se efectúa en el lugar y forma antes indicados.
Publicidad legal
La constitución de la sociedad debe ser objeto de un anuncio que ha de publicarse en la sección de anuncios legales de un periódico local y en el Boletín Oficial y que comprende un extracto de las características principales de la sociedad y la indicación de la fecha y número del depósito legal. El coste de cada anuncio, según extensión, oscila entre 250 y 500DH.